El Grupo Municipal Unidas por Valdepeñas ha informado en rueda de prensa, a través de su concejal David Casado, de la sentencia firme del Tribunal Supremo que condena al alcalde de la localidad por vulneración de derechos fundamentales de los concejales de la oposición, una resolución que, más allá del ámbito local, fija jurisprudencia de alcance general sobre el funcionamiento democrático de los plenos municipales.

 

Durante el año 2024, Unidas por Valdepeñas presentó en tiempo y forma una moción relativa a la protección del arbolado de interés local. El alcalde decidió no incluirla en el orden del día del pleno, impidiendo así su debate público. El grupo municipal recurrió esta decisión ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ciudad Real, que dio la razón a la oposición y condenó al Ayuntamiento al pago de las costas. El Ayuntamiento recurrió esa sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que estimó el recurso. Ante ello, Unidas por Valdepeñas interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que lo admitió y ha resuelto ahora de forma definitiva a su favor.

 

La resolución del alto tribunal es contundente: se ha producido una vulneración del derecho fundamental de participación política. El Tribunal Supremo establece que, si bien corresponde al alcalde fijar el orden del día, esta facultad no puede ejercerse de manera que impida a los concejales plantear sus iniciativas políticas. Cualquier moción presentada en tiempo y forma debe ser debatida en el pleno —su contenido, no su urgencia, es lo que está en juego—, y ello es aplicable a cualquier concejal de cualquier localidad de España.

 

Esta sentencia es firme e inapelable. No cabe recurso alguno. Y lo que es especialmente relevante: sienta jurisprudencia de alcance estatal, lo que significa que a partir de ahora ningún alcalde del país podrá bloquear arbitrariamente una moción de la oposición sin exponerse a ser condenado por los tribunales.

Como resultado de esta condena, el Ayuntamiento deberá incluir en el próximo pleno la moción sobre arbolado, bloqueada hace más de dos años, y asumir las costas del procedimiento judicial. Desde el grupo municipal han indicado que asumirán su parte de los costes con recursos propios.

 

Esta no es la primera vez que Jesús Martín es condenado por este motivo. Ya en diciembre de 2022, el entonces concejal de Izquierda Unida Alberto Parrilla presentó una moción sobre declaración de emergencia climática que tampoco fue incluida en el orden del día, lo que derivó en una primera sentencia favorable a la oposición. Lejos de corregir su conducta, el alcalde repitió esta práctica en varias ocasiones a lo largo de 2024, con la exclusión de nuevas mociones, entre ellas la del arbolado y otra relativa al rechazo a la minería de tierras raras, dando lugar a nuevos procedimientos judiciales con resultado igualmente adverso para el equipo de gobierno.

 

David Casado ha subrayado que esta sentencia pone de manifiesto la necesidad de garantizar el normal funcionamiento democrático de las instituciones locales. Todos los concejales, con independencia de su posición, representan a la ciudadanía y tienen derecho a que sus propuestas sean debatidas públicamente en el pleno. El alcalde de Valdepeñas, Jesús Martín, ha sido condenado en firme por vulnerar ese derecho, y la justicia ha dejado claro que ese tipo de conductas no tienen cabida en una democracia.

 

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